Reparaciones Tributables
CPA José A. Dávila Colón
16 de agosto de 2013
Tax Memo, 2013/ S.J. Puerto Rico
"Reparaciones Tributables"
Tributaran:
servicios de reparación, y mantenimiento (no capitalizables) de propiedad inmueble y propiedad mueble tangible. Debemos segregar los gastos de reparación y mantenimiento por conceptos y por municipios. (lo debemos pagar nosotros, no lo cobrará el suplidor)
Excepto:
Las reparaciones y mantenimiento de los siguientes activos están exentas de tributación por el IVU: (LOS AUTOS, CAMIONES Y SOFTWARES - NO SE CONSIDERAN PROPIEDAD MUEBLE TANGIBLE)
- Autos
- Vans
- Camiones
- Equipo pesado
- Mantenimiento de los software. (INTANGIBLES)
- Si el proveedor del servicios genera ingresos de $50,000 o menos al año, no se tendrá que pagar el IVU. Para esto; el comerciante que recibe el servicio debe solicitarle al proveedor del servicios copia del certificado de registro de comerciante y asegurarse de que indica "NO RETIENE IMPUESTO"
Actualización, recientemente El Departamento de Hacienda (20 de agosto de 2013) emitio regulación sobre las reparaciones y mantenimiento tributables, y establece las siguientes distinciones, la cuales hacemos constar como parte de la comunicación anterior sobre este tema:
- Establece que el comerciante que recibe el servicio de mantenimiento no será responsible de remitir el IVU; sino que será el proveedor del servicio quién cobrará y remitará el impuesto; y establece lo contrario en el caso de reparaciones.
- Excluye de la definición de mantenimiento, los servicios de conservación de areas verdes, servicios de limpieza y inspección o validación de maquinaria y equipo, elevadores o sistemas de incendios.
- Se considerará mantenimiento, un contrato para mantener en óptimas condiciones maquinaria donde se reemplazan piezas que se desgastan por uso, cambio de aceite etc... y/o contrato de mantenimiento de impresoras. También, un contrato para mantener en óptimas condiciones propiedad mueble e inmueble, entiendase, el pintar para evitar corrosión y mantenimiento del area.
- En el caso de una factura por reparaciones; en la cual el costo de los servicios y el costo de las piezas utilizadas al proveer el servicio no se desglosan, la persona que recibe el servicio debera pagar el IVU sobre el MONTO total de la factura. Por el contrario,, si la factura presenta separadamente estas partidas, el IVU se pagará solamente sobre el monto de los servicios facturados.