“Tax Tips #1” Puerto Rico 2011
“Tax Tips #1” Puerto Rico 2011
“Le debes dinero a la Corporación del Fondo del Seguro Del Estado; por las pólizas de tus empleados?”
√ Recientemente se aprobó ley #13 de 2012; la cual dispone una eliminación del 50% del total de la deuda acumulada de los pasados 15 años, a todo patrono que pague en su totalidad el balance adeudado de pólizas permanentes, eventuales y facturas misceláneas del seguro obrero relacionada a dicho periodo; excluyéndose año fiscal vigente y año inmediatamente anterior. Se propone también, la eliminación del 100% de la deuda; de aquellas que exceden el periodo de los 15 años. Estos incentivos durarán 6 meses a partir de la orden administrativa de la Corporación del Fondo del Seguro del Estado a estos efectos.
“Sabias que los intereses de cuentas de depósitos bancarios pueden tributar solamente a una tasa del 10%?”
√Para esto debes autorizar al banco que retenga el 10% de impuestos en los intereses pagados; al momento de abrir la cuenta ó antes del 15 de abril. Recuerda que como individuo, $2,000 están exentos de tributación y $4,000 en el caso de casados; esto lo debes notificar al banco para que haga los debidos ajustes. También puedes optar por tributar a tu tasa normal si te es mas conveniente. Aplica a los bancos comerciales y otros detallados en la ley radicados en Puerto Rico; otros requisitos aplican.
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CPA José A. Dávila Colón
ESTE BOLETIN ES INFORMATIVO, Y NO REPRESENTA UNA OPINION ó CONSULTA CONTRIBUTIVA; YA QUE CADA SITUACION TIENE QUE SER EVALUADA INDIVIDUALMENTE Y CADA CASO ES DIFERENTE. TAMPOCO ESTA INTENCIONADO PARA CREAR UNA RELACION CPA-CLIENTE. ESTAS SIENDO ADVERTIDO QUE EL CONTENIDO DE ESTE BOLETIN NO PUEDE SER UTILIZADO PARA EVITAR PENALIDADES ANTE CUALQUIER AGENCIA DE GOBIERNO; NI PARA ASESORAR A CUALQUIER ó CUALQUIERA DE CÓMO EJECUTAR UNA TRANSACCION; A MENOS QUE DE OTRA FORMA SE INDIQUE. LAS LEYES CONTRIBUTIVAS ESTAN EN CONTINUO CAMBIO Y NO NOS RESPONSABILIZAMOS DE ACTUALIZAR ESTE COMUNICADO EN EL FUTURO.